Acuerdo AJOVE - TVCS


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Acuerdo AJOVE - TVCS

Acuerdo de Colaboración AJOVE - Televisión de Castellón

Castellón, a 05 de Mayo de 2005.

 

REUNIDOS

De una parte Dña. TEBA MIRALLES SALES, con DNI: 19.012.961 B, como DIRECTORA de TELEVISIÓN DE CASTELLÓN RETRANSMISIONES, SL, con domicilio en C/ Ruiz Vila, 17 A, 1º, de Castellón con CIF B-12472643, en adelante “TVCS”.

Y de otra, D. MIGUEL VIDAL BRANCHADELL, con DNI: 18.965.812-N, en nombre y representación de la ASOCIACIÓN DE JÓVENES EMPRESARIOS DE CASTELLÓN con C.I.F: G12403036, con domicilio en C/ Asensi, 6 Entlo., Castellón, en adelante “AJOVE

INTERVIENEN

Ambas partes en el ejercicio del cargo que respectivamente ostentan y en nombre y representación de las Entidades a las que legalmente representan, se reconocen, recíprocamente, con la capacidad legal necesaria para celebrar el presente CONVENIO y,

EXPONEN

PRIMERO: que ambas Entidades han convenido fomentar la interrelación de servicios, estableciendo vínculos de colaboración que permitan promover la competitividad y el desarrollo de las empresas dentro del ámbito de actuación de AJOVE. En este sentido, AJOVE está interesada en promover la realización de emisiones publicitarias de sus miembros asociados a través de TVCS.

SEGUNDO: que TVCS es una empresa de comunicación libre e independiente, con una amplia experiencia para realizar todo tipo de producción, capaz de satisfacer a todos aquellos empresarios pertenecientes a AJOVE (en adelante Asociados) que busquen rentabilizar sus emisiones publicitarias.

Por todo lo expuesto, los presentes se reconocen la plena capacidad para firmar el presente Convenio de Colaboración conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERO.- Objeto del Contrato:
Es voluntad de las entidades representadas intensificar los vínculos de su actuación para favorecerse recíprocamente en sus actividades económicas.
Se persigue asimismo al ofertar a AJOVE y a sus asociados, servicios publicitarios que permitan, desde su calidad y competitividad, incrementar su operatividad con TVCS.
Por virtud del presente Convenio de Colaboración, TVCS ofrece a AJOVE y a sus miembros asociados las siguientes condiciones (ANEXO II: Tarifas TVCS Ajove 2005) respecto a sus tarifas publicitarias (ANEXO I: Tarifas Publicidad 2005):

  1. Condicionamiento especial en OFERTA, costos de PRODUCCIÓN, SUSCRIPCION y TARIFAS a todos los asociados durante el periodo en vigor del convenio (ANEXO II)
  2. TVCS colaborará con AJOVE cubriendo hasta un número de 4 actos por periodo anual, de los que realice la Asociación, sin coste alguno.

SEGUNDO.- Difusión:
Ambas partes se comprometen a darle la máxima difusión al presente convenio para lo cual AJOVE, asume las siguientes funciones:

  • Difundir la oferta publicitaria de TVCS entre sus Asociados, a través de sus boletines, circulares periódicas, correo electrónico y de su página web.
  • Facilitar, sin coste alguno, a TVCS la información necesaria para que ésta pueda desempeñar sus funciones como entidad organizadora de acciones publicitarias, y ofrecer su oferta al mencionado colectivo.

TERCERO
El presente convenio tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de su revisión anual, estando vigente en tanto en cuanto no se denuncie por cualquiera de las partes. En tal caso, el presente convenio quedará resuelto a la finalización del ejercicio correspondiente.

Dña. Teba Miralles Sales
Directora de TVCS
D. Miguel Vidal Branchadell
Presidente AJOVE